Titulaciones Náuticas
Titulaciones náuticas necesarias para hacerse a la mar en España con sus atribuciones correspondientes. Estos títulos se pueden convalidar en la mayoría de países de América Latina y de la Unión Europea.
AUTORIZACIÓN FEDERATIVA (Titulín)
Embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora con una potencia máxima de
40 kw (55CV), pero sólo para navegación diurna y por la Capitanía Marítima
que, en ningún caso, podrá superar la estipulada en el título de Patrón de
Navegación Básica.
Condiciones:
1.Aprobar el examen correspondiente a navegación diurna en las áreas
delimitadas por la Capitania Marítima no superior a la establecida por el
título de Patrón de Navegación Básica.
PATRÓN DE VELA
Embarcaciones a vela, con motor para maniobra.
Condiciones
1.Poseer las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas
para cada título, deberán realizar otras específicas en barco de vela (cuatro
salidas).
2.Estas prácticas se realizarán una sola vez para cualquiera de los títulos
superiores.
PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA
Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora, si son de vela,
y hasta 6 metros si son de motor, con al potencia de motor adecuado a la misma,
en el cual la embarcación, no se aleje más de 4 millas, en cualquier
dirección, de un abrigo o playa accesible.
Condiciones
1.Aprobar el examen teórico correspondiente.
2.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas
básicas de seguridad y de navegación (una salida a motor y una salida a vela,
opcional).
PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de
eslora y potencia de motor adecuada para la navegación que se efectúe en la
zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12
millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y
canario.
Condiciones
1.Aprobar el examen teórico correspondiente.
2.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas
básicas de seguridad y de navegación ( mínimo tres salidas).
IR AL TEMARIO DEL EXAMEN PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO
PATRÓN DE YATE
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor motor y vela hasta 20 metros de
eslora y una potencia de motor adecuada para la navegación que se efectué en
la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma, trazada a 60
millas.
Condiciones
1.Estar en posesión del título de Patrón de Embarcación de Recreo.
2.Aprobar el examen teórico correspondiente.
3.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las práctica
básicas de seguridad y de navegación ( mínimo cuatro salidas).
TEMARIO DEL EXAMEN DE PATRÓN DE YATE
CAPITÁN DE YATE
Embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para navegación sin límite
alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la
embarcación.
Sin embargo, las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las
normas de seguridad específicamente establecida para ellas.
Condiciones:
1.Estar en posesión del Título de Patrón de Yate.
2.Aprobar el examen teórico correspondiente.
3.Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas
básicas de seguridad y de navegación ( mínimo cinco salidas).
TEMARIO DEL EXAMEN DE CAPITÁN DE YATE
MOTOS DE AGUA:
El Real decreto. 259/2002, B.O.E. del día 12 de marzo sobre actualización de medidas de seguridad en la utilización de las motos acuáticas, establece como obligatoria la posesión de un título náutico para el manejo de dichas embarcaciones. Todos los títulos citados anteriormente podrán llevar motos acuáticas sin ningún tipo de restricción, no obstante se aprueban tres nuevas titulaciones específicas dependiendo de las potencias autorizadas para cada caso.
EXENCIÓN DE TÍTULO:
Las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10kw y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa no necesitarán los títulos enumerados anteriormente, pero solo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima.
| RESUMEN | |||||
| TITULO | ESLORA m. |
DIST. mill |
KW . |
TÍTULOS CONVALIDADOS DE OFICIO |
OBSERVACIONES. |
| CAPITÁN DE YATE | S/L | S/L | --- | Capitán de Yate Patrón habilitado de altura |
1 |
| PATRÓN DE YATE | 20 m. | 60´ | --- | Patrón de Yate | --- |
| PATRÓN EMB. RECREO | 12 m. | 12´ | --- | Patrón Emb. deportivas de litoral | --- |
| PATRÓN NAVEGACIÓN BÁSICA | 8 vela 6 motor |
4´ | --- | Patrón Emb. deport. motor 1ª Patrón Emb. deport. motor 2ª Patrón de embarcaciones vela |
--- |
| AUTORIZACIÓN FEDERATIVA | 6 m. | 1´ | 40 Kw | --- |
3 - 5 |
| SIN TÍTULO | 4 m. | 1´ | 10 Kw | Navegación diurna y delimitada |
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