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Código internacional de señales |
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Notas:
1) Las señales de una sola letra marcadas con un
asterisco (*), cuando se hagan por medios acústicos, deberán satisfacer
las normas del Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en la
Mar, Reglas 15 y 28. - 2) Las señales K y S tienen un significado
especial empleadas por embarcaciones menores, como señales de desembarco,
con tripulantes o personas en peligro. (Convenio Internacional para la
Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1960, Capítulo V, Regla 16.) |