Anexo III
DETALLES
TÉCNICOS DE LOS APARATOS DE SEÑALES ACÚSTICAS
1.
Pitos
a) Frecuencia
y alcance audible
La frecuencia
fundamental de la señal deberá estar comprendida dentro de la gama de 70 a 700
Hz.
El alcance audible de la señal de un pito estará
determinado por aquellas frecuencias en las que puedan incluirse la frecuencia
fundamental y/o una o más frecuencias armónicas más elevadas que queden
dentro de la gama de 180 a 700 Hz ( ' 1 por ciento) y que proporcionen los
niveles de presión sonora especificados en la sección 1 c).
b) Límites de las frecuencias fundamentales
Con objeto de asegurar una amplia variedad de
características de los pitos, la frecuencia fundamental de un pito deberá
estar localizada entre los límites siguientes:
i)
70 a 200 Hz para buques de eslora igual o superior a 200 metros;
ii) 130
a 350 Hz para buques de eslora igual o superior a 75
metros, pero inferior a 200 metros;
iii) 250
a 700 Hz para buques de eslora inferior a 75 metros.
c) Intensidad de la señal acústica y alcance
audible
Todo pito instalado en un buque deberá proporcionar,
en la dirección de máxima intensidad de la pitada y a la distancia de 1 metro
del pito, un nivel de presión sonora no inferior al valor correspondiente de la
tabla siguiente, en una banda por lo menos de 1/3 de octava dentro de la gama de
frecuencias de 180 a 700 Hz ( ' 1 por ciento).
|
Eslora
del buque en
metros |
Nivel
de la banda de 1/3
de octava a 1
metro de dB referido
a 2 x 10-5 N/m2 |
Alcance
audible en
millas náuticas |
|
200 o más más de 75 y menos de 200 más de 20 y menos de 75 menos de 20
|
143 138 130 120 |
2 1,5 1 0,5 |
El alcance audible dado en la tabla anterior es de
carácter informativo y corresponde, aproximadamente, a la distancia a que se
puede oír un pito sobre su eje delantero con probabilidades del 90 por ciento,
en condiciones de aire en calma, a bordo de un buque cuyo nivel de ruido de
fondo sea normal en los puestos de escucha (considerando nivel normal el de 68
dB en la banda de la octava centrada en 250 Hz y de 63 dB en la banda de la
octava centrada en 500 Hz).
La distancia a que se puede oír un pito varia muchísimo
en la práctica y depende en definitiva de las condiciones atmosféricas; los
valores dados se pueden considerar típicos, pero en condiciones de fuerte
viento o de elevado nivel de ruido ambiente en los puestos de escucha, es
posible que se reduzca mucho dicho alcance.
d) Propiedades direccionales
El nivel de presión acústica de un pito direccional
no debe ser más de 4 dB por debajo del nivel prescrito de presión acústica en
el eje en cualquier dirección del plano horizontal comprendida dentro ' 45
grados a partir del eje. El nivel
de presión acústica en cualquier otra dirección del plano horizontal no debe
ser más de 10 dB por debajo del nivel prescrito de presión acústica en el
eje, a fin de que el alcance en cualquier dirección sea por lo menos la mitad
del correspondiente al eje delantero. El
nivel de presión acústica se medirá en la banda del tercio de octava que
determina el alcance audible.
b) Posición de los pitos
Cuando se vaya a utilizar un pito direccional como único
silbato de un buque, deberá instalarse con su intensidad máxima dirigida hacia
proa.
Los pitos deberán colocarse en la posición más
alta posible del buque, con objeto de reducir la interceptación del sonido
emitido por la existencia de obstáculos y también para minimizar el riesgo de
dañar el oído del personal. El
nivel de presión sonora de las propias señales del buque en los puestos de
escucha no deberá ser superior a 1 1 0 dB (A) ni exceder, en la medida de lo
posible, de 100 dB (A).
c) Instalación de más de un pito
Si en un buque se instalan pitos con separación
entre ellos de más de 100 metros, se tomarán las disposiciones necesarias para
que no suenen simultáneamente.
d) Sistema de pitos combinados
Si, debido a la presencia de obstáculos, hay riesgo
de que el campo acústico de un pito único, o de alguno de los mencionados en
el apartado f) anterior, comprenda una zona de nivel de señal considerablemente
reducido, se recomienda instalar un sistema de pitos combinados a fin de
subsanar tal reducción. Para los
efectos de estas reglas se considerará a todo sistema de pitos combinados como
un pito único. Los pitos de un
sistema combinado estarán separados por una distancia no superior a 100 metros
y dispuestos de manera que suenen simultáneamente. La frecuencia de cada pito habrá de diferir en 10 Hz por lo
menos de las correspondientes a los demás.
2.
Campana o gong
a) Intensidad de
la señal
Las campanas o los gongs u otros aparatos que tengan
características sonoras semejantes, deberán producir un nivel de presión acústica
no inferior a 110 dB a 1 metro de distancia del aparato.
b) Construcción
Las campanas y los gongs estarán fabricados con
material resistente a la corrosión y proyectados para que suenen con tono
claro. La boca de la campana tendrá
no menos de 300 milímetros de diámetro para los buques de eslora igual o
superior a 20 metros y no menos de 200 milímetros para los buques de eslora
igual o superior a 12 metros pero inferior a 20 metros. Cuando sea posible, se recomienda utilizar un badajo
accionado mecánicamente para asegurar una fuerza constante, si bien deberá ser
también posible el accionamiento manual. La
masa del badajo no será inferior al 3 por ciento de la masa de la campana.
3.
Aprobación
La construcción de aparatos de señales acústicas, su funcionamiento y
su instalación a bordo del buque, deberá realizarse a satisfacción de La
autoridad competente del Estado cuyo pabellón tenga derecho a enarbolar el
buque