Anexo2
SEÑALES
ADICIONALES PARA BUQUES DE PESCA QUE SE ENCUENTREN PESCANDO MUY CERCA
UNOS DE OTROS
1. Generalidades
Las luces aquí mencionadas, que se exhiban en
cumplimiento de la regla 26 d), deberán colocarse en donde sean más fácilmente
visibles. Deberán ir con un mínimo
de separación de 0,90 metros, pero a un nivel más bajo que las luces
prescritas en la regla 26 b) i) y c) i). Las
luces deberán ser visibles en todo el horizonte a una distancia mínima de una
milla, si bien tendrán un alcance inferior al de las luces prescritas por estas
reglas para buques de pesca.
2. Señales
para pesca de arrastre
a)
Los buques de eslora igual o superior a 20 m dedicados a la pesca de
arrastre, cuando utilicen aparejo de fondo o pelágico exhibirán:
i)
al calar sus redes:
dos luces blancas en línea vertical;
ii)
al cobrar sus redes:
una luz blanca sobre una luz roja en línea vertical;
iii) cuando
la red se ha enganchado en una obstrucción: dos luces rojas en línea vertical.
b)
Todo buque de eslora igual o superior a 20 m dedicado a la pesca de
arrastre en pareja exhibirá:
i) de
noche, un proyector enfocado hacia proa y en la dirección del otro buque que
forma la pareja;
ii) los
buques dedicados a la pesca de arrastre en pareja, al calar o cobrar sus redes,
o cuando sus redes se hayan enganchado en una obstrucción, podrán exhibir las
luces prescritas en la sección 2 a) anterior.
c)
Todo buque de eslora inferior a 20 m dedicado a la pesca de arrastre,
cuando utilice aparejo de fondo o pelágico o esté dedicado a la pesca de
arrastre en pareja, podrá exhibir las luces prescritas en el párrafo a) o b)
de la presente sección, según proceda
3.
Señales para pesca con artes de cerco con jareta
Los buques dedicados a la pesca con artes de cerco
con jareta, podrán mostrar dos luces amarillas en línea vertical.
Estas luces emitirán destellos alternativamente, cada segundo, con idéntica
duración de encendido y apagado, únicamente se podrán exhibir estas luces
cuando el buque esté obstaculizado por su aparejo de pesca.